Régimen Informativo

21628449 - ¿Existe un Régimen de Información asociado al Régimen del Reintegro del IVA?
Fecha de publicación: 13/02/2017

Sí, la normativa crea un régimen de información con presentaciones mensuales hasta 15 días vencido el mes de referencia. Excepto para los períodos enero, febrero, marzo y abril de 2017. Para el primero de estos períodos (enero - febrero) las dos presentaciones mensuales deberán realizarse antes del 15 de marzo y para el segundo (marzo - abril), antes del 15 de mayo.

El Manual para cumplimentar este requisito está disponible en el sitio web de AFIP. Consultar www.afip.gob.ar/fe/ayuda.asp (Micrositio de Factura Electrónica --> "Ayuda" --> "Manuales" --> "Régimen Informativo TURIVA Alojamiento" - "Especificaciones Técnicas")



  • Fuente: CIT AFIP
21630498 - Durante la vigencia de las disposiciones transitorias, ¿el régimen de información requiere datos diferentes?
Fecha de publicación: 13/02/2017

No, la información a entregar es la misma.

  • Fuente: CIT AFIP
21401010 - ¿Cómo se deberá de presentar el régimen informativo de las operaciones sujetas a reintegro?
Fecha de publicación: 03/01/2017

Deberá remitirse por alguna de las siguientes modalidades:

a) Transferencia electrónica de datos vía el sitio "web" institucional www.afip.gob.ar, a través del servicio "PRESENTACIÓN DE DDJJ Y PAGOS", con Clave Fiscal con Nivel de Seguridad 2 como mínimo.

b) Intercambio de información mediante "Web Service", denominado "PRESENTACIÓN DE DDJJ - PERFIL CONTRIBUYENTE".

Las especificaciones técnicas y diseños de datos exigidos se encontrarán publicadas en el mencionado sitio "web" institucional, en el micrositio de "Factura Electrónica", bajo la denominación: "Régimen Informativo - TURIVA Alojamiento - Especificaciones Técnicas".


  • Fuente: Art. 12 RG 3971/16
21403059 - ¿Cuándo deberá de presentarse el régimen informativo de las operaciones sujetas a reintegro?
Fecha de publicación: 23/08/2017

La información se suministrará por mes calendario, hasta el día 15 del segundo mes inmediato siguiente al período mensual de que se trate.


  • Fuente: Art. 13 RG 3971/16
21405108 - ¿Cómo deberán proceder los sujetos obligados a presentar el régimen informativo de las operaciones sujetas a reintegro, en caso de de no haberse registrado operaciones alcanzadas en un período?
Fecha de publicación: 03/01/2017

Los responsables obligados a cumplir con el presente régimen informativo por haber efectuado alguna operación sujeta a reintegro, cuando en un período mensual posterior no tengan información que suministrar, deberán igualmente realizar la presentación correspondiente, indicando la novedad "Sin Movimiento".


  • Fuente: Art. 13 RG 3971/16
21413304 - ¿Cual son las fechas excepcionales para la presentación del régimen de información de las operaciones sujetas al reintegro correspondientes a los meses de enero, febrero, marzo y abril de 2017?
Fecha de publicación: 23/08/2017

Deberá cumplirse, con carácter de excepción y respecto de los períodos indicados a continuación, en las siguientes fechas:


a) Períodos mensuales enero y febrero de 2017: hasta el día 15 de marzo de 2017.

b) Períodos mensuales marzo y abril de 2017: hasta el día 15 de mayo de 2017.

  • Fuente: Art. 17 RG 3971/16